Recarga de Extintores
La Recarga de Extintores en el Perú para locales comerciales, oficinas y mas tiene una periodicidad de un año según los establecido por Defensa Civil. En esta revisión debe realizarse antes de la Recarga de Extintores, de esta manera, la revisión del equipo, revisión de presurización, deterioro y prueba hidrostática aseguran el correcto funcionamiento del equipo.
Mantenimiento y Recarga de Extintores
Se debe de recargar una vez por año, según lo indicado en la normativa vigente, no obstante algunos usuarios determinan una periodicidad menor.
La revisión de los extintores debe de ser como mínimo una vez por semana y máximo una vez por mes. Este control se realiza independientemente de la fecha de vencimiento de la Recarga de Extintores por Prosafety Peru.
Durante el procedimiento de este control, se debe de verificar las condiciones físicas de los extintores, si presentan el mínimo de corrosión, deformación, picadura, mangueras rotas o cuarteadas, precintos de seguridad rotas, manómetros despresurizados o sobrecargados, etc. Estos equipos deberán ir de inmediato y en calidad de urgencia a mantenimiento por el proveedor de la empresa responsable de los extintores. Cabe resaltar que estos extintores no deberán ser usados bajo ninguna circunstancia hasta ser reparados o cambiados.
Si en cualquier momento algún trabajador o empleado ve alguna anomalía en el extintor, éste deberá informar a la unidad de abastecimiento para que a su vez llame al proveedor para el mantenimiento respectivo.
Por otro lado, todo extintor deberá ser sometido a una prueba Hidrostática de acuerdo a la Normativa vigente y el proveedor de los extintores emitir el certificado de los mismos al momento de realizar la Recarga de Extintores.
El mantenimiento solo lo puede realizar empresas legalmente habilitadas, se debe verificar al proveedor pidiendo las metodologías y normas que los avalen y se responsabilicen.
¿Cómo saber cuando realizar una recarga de extintores? (aparte de la fecha de vencimiento)
Hay varias razones por las que es necesaria realizar la Recarga de Extintores de incendios. Si bien algunas de estas razones pueden parecer obvias, como la caducidad del servicio (1 año); algunas pueden no ser tan evidentes. Es importante tener en cuenta que las normativas nacionales de seguridad y Defensa civil que establecen los periodos de recarga de extintores, aunque en muchas ocasiones será necesario que reciban una recarga y mantenimiento previo a lo establecido, de acuerdo con una variedad de factores.
Una de las razones más comunes de que se requiere realizar la recarga de extintores es sí se ha utilizado. Incluso si la descarga del agente extintor ha sido muy pequeña, será necesario que se recargue, debido a que habrá una variación en la presión de salida que podría afectar su uso en un futuro. Además, incluso la descarga más pequeña del agente extintor puede provocar fugas que son imperceptibles. Por lo tanto, todos los extintores de incendios portátiles deben recargarse después de cualquier uso o cuando la necesidad lo indique una inspección o servicio.
En caso de los extintores de polvo seco ABC, que es uno de los más utilizados en la actualidad, se requiere inspección y Recarga de Extintores general de manera anual y una inspección interna y recarga a los seis y doce años a partir de la fecha de fabricación en cual se determina su estado, vida útil y si algún deterioro lo requiera, su reemplazo. Esta fecha se anotará en el extintor y deben de estar visibles. Estas inspecciones son importantes, incluso si el extintor nunca se ha utilizado, ya que los agentes extintores y otros productos que contiene el equipo tiene una fecha de caducidad.
La recarga de extintores se debe realizar si muestran alguna de las siguientes deficiencias durante las inspecciones anuales:
- Lectura de baja presión.
- Instrucciones de funcionamiento ilegibles.
- Sellos de seguridad rotos o faltantes.
- Indicadores de manipulación.
- Daños físicos obvios.
- Corrosión.
- Una boquilla obstruida.
Si observa algo de lo mencionado anteriormente, asegúrese de hacer que reparen el extintor de incendios y que lo recarguen de inmediato. De lo contrario, no se podría garantizar su funcionamiento en caso de un incendio, y pueden ser sujeto a sanciones administrativas y económicas.
¿Cómo debo utilizar un extintor luego de la realizar la Recarga de Extintores?
Guía del uso de extintor:
a) Transporte el extintor por la manija de acarreo.
b) Rompa el precinto y retire el seguro.
c) Apunte la boquilla hacia la base del fuego y apriete el gatillo manteniendo el extintor en posición vertical.
d) Mueva la boquilla de lado a lado lentamente, siempre cubriendo el área de fuego por la base.
¿Cómo sé cuántos extintores necesito?
La prevención contra incendios en los centros de trabajo y en los hogares no solo consiste en colocar aparatos para sofocar el fuego, también es importante que te hagas la siguiente pregunta: cómo sé cuántos extintores necesito. Eso determina una buena actuación durante una emergencia.
Calcular la cantidad de extintores en un inmueble es la etapa que habitualmente más se pasa por alto cuando se instalan estos aparatos, explica la National Fire Protection Association (NFPA), organización de seguridad humana y protección contra incendios más grande y reconocida del mundo.
Según las autoridades locales, se requiere 1 extintor de incendios en cada ubicación de riesgo alto, como cocinas, talleres, depósitos de materiales inflamables, y para locales comerciales de riesgo medio o bajo, va a depende de los metros cuadrados y el aforo.
CLASIFICACIÓN DE RIESGOS DE LA EDIFICACIÓN
Según Norma NFPA 101 Art. 6.2.2. el riesgo en cualquier edificio o estructura debe clasificarse como leve, ordinario o elevado de acuerdo a lo siguiente:
a) Riesgo Leve: Aquellos que tienen un nivel de combustibilidad tan bajo que no puede ocurrir una auto propagación del fuego.
b) Riesgo Ordinario: Aquellos que tienen posibilidad de arder con moderada rapidez o de generar un volumen de humo considerable.
c) Riesgo Elevado: Aquellos que tienen posibilidad de arder con extrema rapidez o de hacer explosión.
En todos los casos anteriores debe tener en cuenta la fecha en la que toca la correspondiente Recarga de Extintores para evitar multas o sanciones, la cual debe realizarse de forma anual.
Según el RNE, Norma A010 Atr. 25 literal c2 para edificaciones en general la clasificación del riesgo está en función del uso y la carga térmica de la siguiente manera:
a) Riesgo Bajo: Menor a 35Kg de madra/m2 equivalente (160,000 Kcal/m2). Los contenidos de riesgo ligero (bajo), deberán ser clasificados como aquellos que tienen tan baja combustibilidad, que debido a ellos no puede ocurrir la auto propagación del fuego.
b) Riesgo Moderado (ordinario): Mayor de 35Kg de madera/m2 equivalente (160,000 Kcal/m2). Los contenidos de riesgo moderado (ordinario) se deberán clasificar como aquellos que tienen posibilidad de arder con moderada rapidez o de generar un volumen de humo considerable.
c) Riesgo Alto: Mayor a 70Kg de madera/m2 equivalente (340,000 Kcal/m2). Los contenidos de riesgo alto se deberán clasificar como aquéllos que tienen posibilidad de arder con extrema rapidez o de los cuales se pueden esperar explosiones.
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